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Lunes, 16 de febrero de 2026

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Santiago 1:1-11
Salmos 119:67-68, 71-72, 75-76
Marcos 8:11-13

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vivir la vida milagrosa

“Hermanos, alégrense profundamente cuando se vean sometidos a cualquier clase de prueba” (Santiago 1:2).

Durante unos treinta años he enseñado el mandato del Señor de considerar las pruebas como "sumo gozo". Hoy leí esto en mi habitación del hospital. No me han permitido comer ni beber agua o hielo en casi un día. Llevo horas con una vía intravenosa. Y me han puesto cuatro enemas. Nunca me ha quedado tan claro que el mandato de considerar las pruebas como "sumo gozo" es un verdadero milagro.

   Este mandato no es un desafío agobiante a nuestra fuerza de voluntad, sino un llamado a superarnos y vivir en la dimensión sobrenatural, dependiendo completamente del Señor. Esta gracia fortalece nuestra fe, produciendo perseverancia que puede resultar en que lleguemos a “la perfección, sin que [nos] falte nada” (Stg 1:4). ¡Qué privilegiados somos al recibir el mandato de hacer cosas que no podemos hacer! ¡Qué bendecidos somos al pasar de gracia en gracia, y no solo de limitación humana en limitación humana! Permitamos que el Señor haga repetidamente lo imposible en nuestras vidas. Regocijémonos en los sufrimientos (Col 1:24; 1 Pe 4:13), amemos a nuestros enemigos (Lc 6:27, 35), renunciemos a nosotros mismos (Lc 9:23) y, en general, hagamos lo que no podemos hacer. Vivamos la vida nueva, abundante y eterna en el Señor.

Oración:  Padre, lléname de alegría al vivir en Ti.

Promesa:  “Si a alguno de ustedes le falta sabiduría, que la pida a Dios, y la recibirá” (Stg 1:5).

Alabanza:  Cada día al despertarse, Margarita da gracias de corazón a Jesús por un día más

Referencia:  

Rescripto:  Según el Código de Derecho Canónico, se otorga el Nihil Obstat (no existe impedimento para publicar) a Un Pan, Un Cuerpo por el periodo 1 de febrero de 2026 al 31 de marzo de 2026. Otorgado el 4 de noviembre de 2026. Reverendo Steve J. Angi, Canciller y Vicario general de la Arquidiócesis de Cincinnati, Ohio

El Nihil Obstat establece que no existe impedimento para la publicación de un libro o folleto. No implica acuerdo con contenido, opiniones o afirmaciones expresadas en el mismo.